Designar correctamente a los beneficiarios es clave para que el capital del seguro de vida llegue a quien tú decidas.
Quién puede ser beneficiario
Puedes nombrar a cualquier persona o entidad: cónyuge, hijos, familiares o incluso el banco en hipotecas.
Cómo designarlos
Puedes hacerlo de forma nominal o genérica, y modificarlos cuando quieras salvo renuncia.
Si no hay beneficiario designado
El capital pasa a los herederos legales según el orden establecido.
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